Micelio

Artículo 24

Decreto 554 de 2003 · por el cual se suprime el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subsidios pendientes de pago. Los subsidios familiares de vivienda ya asignados que se encuentren pendientes de desembolso o cuyo pago se haya realizado parcialmente, deberán ser pagados por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación. En ningún caso el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación podrá asignar subsidios de vivienda de interés social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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