Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1818 de 1995 · por el cual se señala al Ministerio de Defensa Nacional y al Municipio de Puerto Leguízamo, como destinatarios de la donación de sendos lotes de terreno que forman parte del predio rural denominado Putumayo, ubicado en jurisdicción del Municipio de Puerto Leguízamo, Departamento del Putumayo, propiedad del Incora.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1818 de 1995