De las atribuciones policivas de los funcionarios sanitarios . Para efectos de la vigilancia y el cumplimiento de las normas y la imposición de medidas y sanciones de que trata este reglamento, los funcionarios sanitarios competentes en cada caso, serán considerados como de policía, de conformidad con el artículo 35 del Decreto - Ley 1355 de 1979 (Código Nacional de Policía).
Las autoridades de policía del orden nacional, departamental o municipal, prestarán toda su colaboración a las autoridades sanitaria, en orden al cumplimiento de sus funciones. CAPITULO X. De la autoridad competente >.