Dirección de Telecomunicaciones. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General y del Secretario Aeronáutico, son funciones de la Dirección de Telecomunicaciones, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes
Planear y desarrollar toda la infraestructura tecnológica en telecomunicaciones y ayudas a la aeronavegación necesaria para prestar los servicios de aeronavegación con los recursos tecnológicos avanzados.
Realizar estudios de actualización e investigación y desarrollo tecnológico de las telecomunicaciones y ayudas a la aeronavegación, que permita la ampliación y actualización de la infraestructura de aeronavegación.
Ejecutar y controlar todas las actividades de desarrollo tecnológico y velar por el máximo aprovechamiento de los mismos en las telecomunicaciones y ayudas a la aeronavegación.
Ejecutar los proyectos en telecomunicaciones y ayudas a la aeronavegación que se adelanten, y evaluar el cumplimiento de cronogramas y proponer correctivos a las situaciones que se detecten al respecto.
Participar en los Comités Técnicos, para fijar políticas a seguir en materia de Telecomunicaciones y ayudas a la navegación, y ejecutar conjuntamente con las demás Direcciones Técnicas de la Secretaría, las tareas conducentes a brindar una adecuada infraestructura de aeronavegación.
Desarrollar todas las actividades del proceso de evaluación técnica de las ofertas, adquisiciones y/o arrendamientos que se requieran en telecomunicaciones y ayudas a la aeronavegación.
Establecer las normas, estándares y recomendaciones técnicas sobre los sistemas de telecomunicaciones y ayudas a la navegación aérea, y realizar el control de calidad de los servicios que prestan dichos sistemas, así como la determinación de los correctivos pertinentes.
Administrar y supervisar las actividades relacionadas con la instalación y mantenimiento de los equipos de ayudas a la navegación y telecomunicaciones, realizadas por las direcciones regionales y las áreas técnicas de los aeródromos.
Desarrollar procedimientos y establecer mecanismos y planes, para los casos de emergencia o siniestros en las instalaciones de las ayudas a la navegación.
Las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General o el Secretario Aeronáutico.