º. Las películas cinematográficas serán clasificadas por la Junta de acuerdo con las siguientes categorías: Categoría A, aptas para todos los públicos. Categoría B, aptas para mayores de 14 años. Categoría C, aptas para mayores de 18 años. Categoría D, aptas para mayores de 21 años.
La Junta no podrá mutilar las películas sometidas a su estudio, y en ningún caso se pronunciará sin que la película haya sido exhibida en su totalidad.