Micelio

Artículo 12

Del Decreto Legislativo 0272 De 1957, Deberán Llenar Los Requisitos Siguientes

Decreto 2542 de 1957 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 0272 de 1957, sobre organización de la Empresa Colombiana de Turismo S.A

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimosegundo . Los hoteles construidos o en construcción cuyos costos sean o excedan de los quinientos mil ($ 500.000.00) pesos para poder gozar de la exención del pago del impuesto sobre la renta y complementarios, establecida en el Artículo 17 del Decreto Legislativo 0272 de 1957, deberán llenar los requisitos siguientes

a)

Presentar ante la Gerencia de la Empresa Colombiana de Turismo S.A. un certificado del avalúo catastral de la obra, si está acabada; si se halla en etapa de construcción, presentar el proyecto y presupuesto de la obra, firmados y sellados por el Ingeniero Constructor y la respectiva autoridad municipal;

b)

Invertir en la Empresa Colombiana de Turismo S.A. el cincuenta por ciento (50%) del valor de la exención en el respectivo año.

Parágrafo

Cuando se trate de mejoras en hoteles construidos, se seguirá el mismo trámite fijado en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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