Micelio

Artículo 771

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recibido el proceso en el Juzgado del Circuito, se ordena la fijación en lista por el término de tres días, dentro del cual pueden las partes pedir que el juicio se abra a prueba; pero si es parte el Ministerio Público,se dispone previamente darle traslado por el término de dos días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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