El que para ejecutar u ocultar un delito, o con motivo de su ejecución u ocultación, cometa también otras violaciones de la ley, sufrirá las penas aplicables a todas éstas, según las disposiciones contenidas en loArtículos precedentes, siempre que esas violaciones no sean consideradas por la ley como elementos constitutivos ni como circunstancias agravantes del delito principal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.