Micelio

Artículo 14

Decreto 3020 de 2002 · por el cual se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Personal de los centros de recursos educativos . Los funcionarios administrativos de los Centros Auxiliares de Servicios Docentes, CASD, las concentraciones de desarrollo rural, los centros de recursos educativos y otros establecimientos similares, dedicados a la prestación de servicios de apoyo técnico y pedagógico, que cumplen funciones de dirección o de docencia, deberán ser incorporados en la planta de cargos de directivos o docentes, siempre que cumplan los requisitos para estos cargos. Si estos funcionarios no cumplen con los requisitos previstos, se podrá crear el cargo administrativo respectivo para el personal que se encuentre vinculado en propiedad como funcionario administrativo y, una vez quede vacante el cargo creado, esta vacante se convertirá en cargo directivo o docente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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