Micelio

Artículo 10

Decreto 2056 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías, Invías, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora Jurídica. La Oficina Asesora Jurídica ejercerá las siguientes funciones: 10.1 Asesorar al Despacho del Director General y demás dependencias del Instituto en los asuntos de carácter jurídico de competencia de la entidad y emitir los conceptos que en esta materia se requieran. 10.2 Adelantar, en coordinación con las dependencias ejecutoras los trámites y procedimientos de naturaleza jurídica relacionados con la actividad precontractual y contractual del Instituto. 10.3 Velar por el cumplimiento de las normas relativas al Instituto y conceptuar sobre los temas de carácter jurídico que permitan orientar la actividad de la entidad. 10.4 Preparar en coordinación con las demás dependencias los proyectos de ley, decretos y resoluciones que requiera el Instituto en el desarrollo de sus competencias y funciones. 10.5 Atender los procesos judiciales y extrajudiciales en los cuales sea parte el Instituto Nacional de Vías y suministrar al Ministerio del Interior y de Justicia las informaciones y documentos requeridos, seguir el curso de los mismos e informar sobre su estado al Director General de la entidad. 10.6 Atender, controlar y vigilar los asuntos de carácter jurídico tramitados ante cualquier autoridad administrativa o jurisdiccional del país y efectuar el seguimiento y evaluación de los asuntos que sean gestionados por los apoderados. 10.7 Atender y resolver las consultas y peticiones elevadas al Instituto Nacional de Vías, formuladas por las autoridades administrativas o jurisdiccionales, al igual que las presentadas por otras entidades o los particulares, cuando traten de asuntos que competan al Invías. 10.8 Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo, y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva. 10.9 Efectuar la liquidación de las sentencias a cargo de la entidad. 10.10 Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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