Micelio

Artículo 3

Ley 23 de 1890 · Por la cual se conceden varias autorizaciones al Gobierno y se fija la cuantía de un sueldo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Facultase asimismo al Gobierno para emplear en el establecimiento, organización y sostenimiento de un Cuerpo de Policía hasta trescientos mil pesos ($300.000) que se consideraran incluidos en el presupuesto para la vigencia económica de 1891 y 1892.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1890