Art. 3.° Facultase asimismo al Gobierno para emplear en el establecimiento, organización y sostenimiento de un Cuerpo de Policía hasta trescientos mil pesos ($300.000) que se consideraran incluidos en el presupuesto para la vigencia económica de 1891 y 1892.
Ley 23 de 1890 →Vigente
Artículo 3
Ley 23 de 1890 · Por la cual se conceden varias autorizaciones al Gobierno y se fija la cuantía de un sueldo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.