Micelio

Artículo 12

Fondo Documental

Decreto 1776 de 2022 · por el cual se liquida la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fondo documental . En relación con el Fondo Documental de la Comisión de la Verdad considerado como un archivo relativo a los Derechos Humanos y patrimonio documental de la Nación, se dispone la transferencia de su titularidad a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), y su depósito, conservación, preservación, custodia, protección, seguridad y administración, en cumplimiento del principio de máxima divulgación de la información pública, en el Archivo General de la Nación, entidad especializada e idónea en el manejo de los archivos del Estado.

Parágrafo 1

Con el fin de disponer la trasferencia de la titularidad y de la administración del Fondo Documental, el Liquidador deberá conformar un grupo especializado de trabajo que se encargará de revisar los instrumentos archivísticos, actualizarlos si es necesario revisar y actualizar los instrumentos de transparencia y cerrar los expedientes, dentro del plazo dispuesto para ello.

Parágrafo 2

Para efectuar la entrega real y material del Fondo Documental al Archivo General de la Nación, el Liquidador deberá observar las políticas y protocolos emitidos por la Comisión, y atender las directrices que emita la JEP como titular del derecho de dominio del Fondo y el Archivo General de la Nación como ente rector de la política archivística.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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