Micelio

Artículo 2

Decreto 3315 de 1979 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 02 del 25 de octubre de 1979, originario del Consejo Intendencial de Arauca, relativo a la determinación del Presupuesto de Rentas y Gastos para la vigencia fiscal de 1980

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Fíjanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos., de Capital del Tesoro para la vigencia fiscal de 1° de enero al 31 de diciembre de 1980,en la cantidad de cincuenta y tres millones sesenta y cinco mil pesos ($ 53.065.000.00) moneda corriente, según los siguientes pormenores: PRIMERA PARTE Presupuesto de Rentas e ingresos. CAPITULO I INGRESOS CORRIENTES$ 53.062.000.00INGRESOS TRIBUTARIO$ 43.601.000.00A)IMPUESTOS DIRECTOS$ 800.000.0 001Registro y anotación700.000.002Circulación y tránsito100.000.00-B)IMPUESTOS INDIRECTOS42.801.000.0005Tabaco5.500.000.0006Cervezas19.000.000.0007Degüello500.000.0010Licores y vinos extranjeros3.000.000.0011Licores y vinos nacionales14.000.000.0013Billetes, rifas y apuestas300.000.0015Cacao y, seje1.000.0016Impuestos corregimentalesINGRESOS NO TRIBUTARIOS9.461.000.00A)TASAS Y VENTA DE SERVICIOS6.100.000.00.20Energía eléctrica6.000.000.0024Alquiler de maquinaria1.000.00B)RENTAS OCASIONALES160.000.0030Multas y reintegros10.000.0031Aprovechamientos150.000.00C)RENTAS CONTRACTUALE S300.000.0038Arrendamientos300.000.00D)APORTES, AUXILIOS Y PARTICIPACIONES3.000.000.0048Participación nacional consumo gasolina3.000.000.00 CAPITULO II RECURSOS DEL CAPITAL$ 3.000.00RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO$ 3.000.00A)SALDO VIGENCIAS EXPIRADAS3.000.0053Fondos comunes1.000.0054Auxilios aportes especiales1.000.0055Superávit1.000.00TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL53.065.000.00 SEGUNDA PARTE Presupuesto de gastos

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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