Forma de pago: Las acciones de la clase "D", de propiedad de particulares se pagarán en efectivo en el término de 90 días a partir de su negociación, con recursos del Gobierno en el Banco de la República. Para el pago de las acciones de las clases "B", "C", "D" y "E", se autoriza al Gobierno para establecer el sistema de solución, bien mediante recursos suyos en el Banco de la República provenientes de dividendos, regalías, impuestos de emisión, etc., o mediante la emisión de bonos de deuda interna por valor igual al monto de la negociación a que se refiere el artículo 4º de esta Ley. Tales bonos se emitirán con vencimiento de 10 años y el pago de un interés del 8% anual, amortizable por décimas partes mediante sorteos anuales.
El Gobierno convendrá con el Banco de la República el fideicomiso de estos bonos.