Micelio

Artículo 3

Decreto 2024 de 1959 · Por el cual se crea el Permiso Especial de Turismo para los extranjeros que viajen a las Islas de San Andrés y Providencia, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Para obtener el Permiso Especial de Turismo el extranjero no estará obligado a presentar pasaporte, pero deberá identificarse ante el respectivo funcionario consular con un documento ordinario que ofrezca garantías suficientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2024 de 1959