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Artículo 7

Asignación Del Factor No Pos-S

Decreto 360 de 2011 · por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 715 de 2001 y el Decreto Legislativo017 de 2011 y se modifican los Decretos 159 de 2002 y 2878 de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Asignación del Factor No POS-S. Teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (No-POS-S), las competencias de las entidades territoriales y en atención al inciso 2° del artículo 6° del Decreto 2878 de 2007, la asignación del Factor No POS - S, entre departamentos, distritos y municipios se hará conforme a los siguientes porcentajes

1.

El 90% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios totales, corresponderá al departamento y el porcentaje restante a los municipios.

2.

El 50% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios parciales, corresponderá al departamento y el 50% restante a los municipios.

3.

El 100% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios totales y parciales, corresponderá a los distritos que tengan la competencia de mediana y alta complejidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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