°. Asignación del Factor No POS-S. Teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (No-POS-S), las competencias de las entidades territoriales y en atención al inciso 2° del artículo 6° del Decreto 2878 de 2007, la asignación del Factor No POS - S, entre departamentos, distritos y municipios se hará conforme a los siguientes porcentajes
El 90% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios totales, corresponderá al departamento y el porcentaje restante a los municipios.
El 50% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios parciales, corresponderá al departamento y el 50% restante a los municipios.
El 100% de los recursos producto del factor de ajuste No-POS-S para subsidios totales y parciales, corresponderá a los distritos que tengan la competencia de mediana y alta complejidad.