Micelio

Artículo 17

Los Empleados Encargados De La Recaudación De Las Rentas Intendenciales O Comisariales, Tendrán Jurisdicción Coactiva Para Hacer Efectivo El Cobro De Los Créditos A Favor De Los Tesoros Intendenciales O Comisariales

Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados encargados de la recaudación de las rentas intendenciales o comisariales, tendrán jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de los créditos a favor de los Tesoros intendenciales o comisariales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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