Micelio

Artículo 603

Las Disposiciones Legales Sobre Visitas De Cárceles, Son Aplicables Á La Justicia Castrense, Con La Aclaración De Que Cuando Hubiere Cárcel Militar Y En El Mismo Lugar Actuare El Tribunal Superior Militar, Las Visitas Serán Presididas Por Un Magistrado De Éste

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones legales sobre visitas de cárceles, son aplicables á la Justicia Castrense, con la aclaración de que cuando hubiere cárcel militar y en el mismo lugar actuare el Tribunal Superior Militar, las visitas serán presididas por un Magistrado de éste. Capítulo II De la libertad y condena condicionales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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