Micelio

Artículo 167

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recurso de hecho en casación. El trámite anterior se seguirá cuando se trate de recurso de hecho por haberse negado el de casación. Si la Sala de Casación Penal de la Corte concede el recurso, reclamará el expediente original al Tribunal para darle el trámite correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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