Artículo único Enmiéndese los errores del Decreto número 838, de la fecha 8 de los corrientes en la siguiente forma: Departamento de Minas y Petróleos-Sección tercera. Visitador de Minas, señor Rafael Leiva Charry. Departamento de la Oficina General del Trabajo-Sección segunda-Estadística e Inspección. Jefe, señor Victor Julio Duarte Guéllar. Departamento de Negocios Generales-Sección primera. Abogado Consultor del Ministerio Comuniquese y publíquese
Decreto 906 de 1928 →Vigente
Artículo 1
Decreto 906 de 1928 · Por el cual se enmiendan tres errores del Decreto número 838 de fecha 8 de los corrientes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.