Funciones del Presidente del Comité Autónomo de la Regla Fiscal. Serán funciones del Presidente:
Presidir y coordinar las sesiones del Comité.
Ejercer la representación y vocería del Comité.
Coordinar con la Secretaría Técnica del Comité el Orden del Día de cada una de las reuniones.
Avalar y suscribir las actas en que se recojan las recomendaciones y los temas discutidos en cada una de las sesiones del Comité.
Someter a consideración de los miembros del Comité para su aprobación,, el reglamento operativo que define su funcionamiento.
Las demás funciones que se requieran para el ejercicio de las funciones del Comité para el cumplimiento de sus funciones, en el marco de lo establecido por la Ley 2155 de 2021.
TEXTO CORRESPONDIENTE A