El Director del Instituto tendrá las siguientes funciones
Organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del Instituto.
Producir actos, ordenar gastos, realizar operaciones y celebrar contratos para el cumplimiento de las funciones de Instituto y conforme a las disposiciones legales, estatutarias, y a los acuerdos de la Junta Directiva.
Nombrar y remover al personal del Instituto, conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes.
Someter a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones.
Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía no exceda de cincuenta mil pesos ($50.000.00), o por una suma mayor, previa autorización de la Junta Directiva.
Rendir conjuntamente a la Junta Directiva, y al Presidente d ella República, por intermedio del Ministro de Educación Nacional, informes anuales y periódicos sobre las actividades desarrolladas y sobre la situación financiera y administrativa del Instituto.
Suministrar informes a la Oficina de Planeamiento del Ministerio de Educación Nacional, en la forma que ésta lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas del Instituto.
Delegar las funciones consagradas a los literales b), d), e) y g) de este artículo, en otros empleados del Instituto cuando estime necesario.
Las demás funciones relacionadas con la organización y funcionamiento del Instituto, que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.
Las demás que le señale la Junta Directiva.