Micelio

Artículo 18

El Director Del Instituto Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Organizar, Dirigir, Coordinar Y Controlar El Funcionamiento Del Instituto

Decreto 799 de 1969 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 288 de 5 de marzo de 1969, proferido por la Junta Directiva del ICETEX sobre adopción de los Estatutos del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director del Instituto tendrá las siguientes funciones

a)

Organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del Instituto.

b)

Producir actos, ordenar gastos, realizar operaciones y celebrar contratos para el cumplimiento de las funciones de Instituto y conforme a las disposiciones legales, estatutarias, y a los acuerdos de la Junta Directiva.

c)

Nombrar y remover al personal del Instituto, conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes.

d)

Someter a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones.

e)

Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía no exceda de cincuenta mil pesos ($50.000.00), o por una suma mayor, previa autorización de la Junta Directiva.

f)

Rendir conjuntamente a la Junta Directiva, y al Presidente d ella República, por intermedio del Ministro de Educación Nacional, informes anuales y periódicos sobre las actividades desarrolladas y sobre la situación financiera y administrativa del Instituto.

g)

Suministrar informes a la Oficina de Planeamiento del Ministerio de Educación Nacional, en la forma que ésta lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas del Instituto.

h)

Delegar las funciones consagradas a los literales b), d), e) y g) de este artículo, en otros empleados del Instituto cuando estime necesario.

i)

Las demás funciones relacionadas con la organización y funcionamiento del Instituto, que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

j)

Las demás que le señale la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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