Micelio

Artículo 9

Las Compañías De Seguros Invertirán En Bonos Nacionales De Deuda Interna Del 8%, El Dos Por Ciento (2%) De Que Trata El Aparte C) Del Artículo 1º Del Decreto Número 2116 De 1956, Y El Dos Por Ciento (2%) De Las Reservas Técnicas De Que Habla El Artículo 2º Del Mismo Decreto

Decreto 355 de 1957 · Por el cual se adiciona el Decreto número 2793 de 1955 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las Compañías de Seguros invertirán en Bonos Nacionales de Deuda Interna del 8%, el dos por ciento (2%) de que trata el aparte c) del artículo 1º del Decreto número 2116 de 1956, y el dos por ciento (2%) de las reservas técnicas de que habla el artículo 2º del mismo Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 355 de 1957