Micelio

Artículo 159

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actas. De toda diligencia que se practique se extenderá la correspondiente acta, que se irá escribiendo a medida que se vaya practicando y que será firmada por el juez o funcionario y su secretario y las demás personas que intervengan. Si alguna de ellas no supiere, no quisiere o no pudiere firmar, se hará constar esta circunstancia y firmará a nombre suyo otra persona.

Antes de firmar la diligencia será leída a las personas que deben suscribirla, y si alguna observare que contiene cualquier inexactitud, oscuridad o deficiencia, se hará constar en el acta la observación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971