Competencia de las entidades. Las entidades delegadas por el Ministerio de Minas y Energía para adelantar y decidir trámites mineros se consideran competentes en los términos de la delegación, dentro del ámbito de su jurisdicción y respecto de los minerales de su competencia para tramitar y legalizar explotaciones de minas de propiedad estatal sin título minero inscrito en el Registro Minero Nacional. (Decreto 2390 de 2002, artículo 12)
Decreto 1073 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.5.5.1.12
Competencia De Las Entidades
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.