Artículo primero. Para el presente año créanse, por parte del Gobierno Nacional, diez (10) becas para jóvenes campesinos, en la Escuela Complementaria Agrícola de Valsálice, Municipio de Fusagasugá, por cada una de las cuales se cubrirá la cantidad mensual de$60.00, durante los diez meses del año lectivo, con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Agricultura para fomento de la educación -agrícola en el país.
Decreto 608 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Decreto 608 de 1956 · Por el cual se crean unas becas para educación agrícola, se distribuye una partida, y se dictan unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.