º. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación.
Decreto 2808 de 1997 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Publicación
Decreto 2808 de 1997 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 del 29 de agosto de 1997, emanado de la Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional sobre adopción de su estructura interna.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.