Micelio

Artículo 10

Ley 2071 de 2020 · POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS EN MATERIA DE FINANCIAMIENTO PARA LA, REACTIVACION DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO, ACUÍCOLA, FORESTAL Y AGROINDUSTRIALES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reactivación económica en los distritos de adecuación de tierras. Con el objeto de reactivar la explotación agropecuaria del país y mejorar las condiciones de vida de la población campesina usuaria de distritos de adecuación de tierras, autorícese a la Agencia de Desarrollo Rural para que otorgue la condonación total o parcial del capital de la tasa por concepto de la prestación del servicio público de adecuación de tierras actualmente exigible y la condonación total de los intereses moratorios causados por el mismo concepto, en los distritos de propiedad de esta entidad. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural", -MADR, reglamentará las condiciones que sean pertinentes para la recuperación de la cartera o su condonación total o parcial.

Parágrafo

Las medidas adoptadas en el presente artículo se extienden a todas las obligaciones a favor de la entidad por concepto de la prestación del servicio público de adecuación de tierras, sin importar la etapa en que se encuentre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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