Micelio

Artículo 530

Del Capítulo 44 De La Ley De Apropiaciones De La Vigencia En Curso, Para Sostenimiento De La Escuela Nacional De Bellas Artes, De La Manera Siguiente: Nombre Del Empleo

Decreto 374 de 1930 · Por el cual se distribuye una partida

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Distribúyase la suma de veintiún mil seiscientos veinte pesos ($ 21,620), a que asciende la partida destinada en el artículo 530 del capítulo 44 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, para sostenimiento de la Escuela Nacional de Bellas Artes, de la manera siguiente: Nombre del empleo. Sueldo mensual. Meses de servicio. Total anual. $ $ Del Rector 270 12 3,240 Del Director del Museo 130 12 1,560 Nombre del empleo. Sueldo mensual. Meses de servicio. Total anual. $ $ Del Secretario Tesorero 200 12 2,400 Del Conservador del Museo y Biblioteca 120 12 1,440 De dos Profesores Directores de los talleres de dibujo nocturno, a $ 60 mensuales cada uno 120 12 1,440 De once Profesores, a $ 50 mensuales cada uno 550 12 6,600 De cinco Ayudantes, a $ 30 mensuales cada uno 150 12 1,800 Del Portero de los pabellones 45 12 540 Del Portero de la Dirección 20 12 240 Del Celador Escribiente del Museo 65 12 780 Para material, modelos, etc., en el año 1,580 Suma $ 21,620

Parágrafo

Los sueldos anteriormente señalados serán devengados a partir del 1° de enero del año en curso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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