Micelio

Artículo 3

El Contingente Contemplado En El Artículo 2° Será Reglamentado Y Administrado Por La Dirección De Comercio Exterior Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, Para Lo Cual Sólo Se Autorizará El Ingreso De Vehículos Nuevos, Del Año-Modelo En Que Se Realiza La Importación O Siguiente

Decreto 358 de 2009 · por el cual se modifica el Arancel de Aduanas y se establece un contingente.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El contingente contemplado en el artículo 2° será reglamentado y administrado por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para lo cual sólo se autorizará el ingreso de vehículos nuevos, del año-modelo en que se realiza la importación o siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 358 de 2009