Micelio

Artículo 2

La Sección De Crédito Público (2

Decreto 133 de 1914 · Sobre pago de recompensas militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Sección de Crédito Público (2.º del Ministerio del Tesoro) cambiará, en el curso del presente año los certificados que se expidieron en virtud del citado Decreto 454 de 1913, por órdenes pagaderas en vales por recompensas, por suma igual, en cada caso, a lo que esté pendiente del respectivo certificado, el que quedará en la Sección como comprobante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1914