°. De la disocian general de los servicios . El instituto de seguros sociales establecerá las disposiciones generales para la prestación de servicios de urgencias, de consultorios en fábricas y de cuidado domiciliario en fábricas y de cuidado domiciliario. Así mismo las que garanticen la libertad de elección y las relacionadas con la remisión de pacientes entre los diferentes niveles de atención y entre las distintas seccionales.
Decreto 1700 de 1977 →Vigente
Artículo 9
De La Disocian General De Los Servicios
Decreto 1700 de 1977 · Por el cual se dictan normas sobre Seguros Sociales Obligatorios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.