Articulo l.º Apruébase el Acuerdo número 14 de noviembre de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: ACUERDO NUMERO 14 DE 1981 (noviembre 19) El Comité Nacional de Cafeteros en uso de sus atribuciones, y considerando
Que en virtud del Decreto 2078 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención de los mercados cafeteros, para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre Cuotas de Exportación, contrato que ha sido adicionado y completado por otros superiores, y de manera especial por el de diciembre de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional de Café, celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente a fin de darle desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los Congresos Cafeteros.
Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café, es copropietaria de la parte importada para una planta procesadora de harina de yuca, destinada inicialmente para ser instalada en el Departamento del Quindío.
Que por haber alcanzado la yuca que se cultiva, en ese departamento un precio en crudo que no permite industrializarla, la planta deberá ser trasladada a otro lugar del país y que el Subcomité Ejecutivo de esta Federación ha conceptuado favorablemente a la compra por parte del Fondo Nacional del Café de las partes de producción nacional que complementan dicha planta, hoy de propiedad de Quinyucar S. A., para unificar la propiedad en un solo dueño y facilitar así su venta o traslado a otras zonas donde existan plantaciones de yuca que pueda ser industrializada.
Que dichas partes de producción nacional fueron avaluadas por el Comité Departamental del Quindío y la Auditoría de la Contraloría General de la República en la Federación en la suma de $ 1.382.000.00 moneda corriente y que en el Presupuesto del Fondo Nacional del Café para la vigencia en curso existe la correspondiente apropiación para su compra.
Que en la presente sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público ha expresado concepto favorable para la compra de las partes nacionales y la posterior venta de la planta. acuerda :