Las Decisiones Metropolitanas pueden tener origen en los miembros del Consejo Regional, el Director de la Región Metropolitana o la tercera parte de los miembros de las corporaciones de los entes territoriales que la integran, y en la iniciativa popular, de conformidad con el artículo 155 de la Constitución Política, en lo relacionado con el censo electoral.
El Director de la Región Metropolitana deberá presentar los proyectos de decisiones Metropolitanas que correspondan al Plan estratégico y de ordenamiento metropolitano, los planes de inversión, presupuesto anual de rentas y gastos, estructura administrativa y planta de cargos.