Micelio

Artículo 9

Decreto 2575 de 1970 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los Sanatorios de Aguas de Dios y Contratación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. De las funciones de las Juntas Directivas. Son funciones de las Juntas Directivas de los Sanatorios de Agua de Dios y Contratación, las siguientes

a)

Elaborar los planes y programas necesarios para el cumplimiento de las funciones del establecimiento, de acuerdo con la política de salud del Ministerio de Salud Pública y las disposiciones legales vigentes;

b)

Adoptar las reformas necesarias a los estatutos del Establecimiento y someterlas a la aprobación del Gobierno;

c)

Adoptar los reglamentos para el Sanatorio y para las Instituciones qué de el dependen y someterlos a la aprobación del Ministerio de Salud Pública;

d)

Adoptar el presupuesto anual del Sanatorio presentado por su Director y someterlo a la aprobación del Ministerio de Salud Pública, así como sus adiciones o reformas;

e)

Autorizar todo acto o contrato cuya cuantía exceda do veinte mil pesos ($ 20.000.00) moneda corriente;

f)

Determinar la organización interna del Sanatorio y su planta de- personal, señalando las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia;

g)

Delegar en el Director, por tiempo determinado, algunas de sus funciones;

h)

Rendir informes anuales al Presidente de la República, por conducto del Ministerio de Salud Pública, tanto generales como particulares, acerca de la marcha y funcionamiento de la entidad;

i)

Controlar el funcionamiento general del Sanatorio y verificar su conformidad con la política adoptada;

j)

Efectuar los nombramientos de médicos, odontólogos y bacteriólogos del Sanatorio, previo concepto favorable da la División de Campañas Directas, Control de Lepra del Ministerio de Salud Pública, y

k)

Las demás que le señale o delegue,- de acuerdo con la ley el Ministerio de Salud Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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