De la partida global apropiada en el Capítulo 65, artículo 738 del Presupuesto de la vigencia en curso, para dar cumplimiento al convenio celebrado por la Oficina Sanitaria Panamericana, sobre colaboración con la UNICEF, para desarrollar campañas de inmunización contra la tosferina y difteria, en el año, hácense la siguiente distribución:
Capítulo 65, artículo 738.
Ordinal 1. Para sueldos de la Oficina Central, $ 34.200.00, así:
Conforme al artículo 3°, Parte III, "Compromisos del Gobierno" del Convenio celebrado, con la O. M. S. los Viáticos del Consultor Técnico de la O. M. S. serán Apagados con cargo al ordinal 2 del presente Decreto.