Micelio

Artículo 22

Disposiciones Finales

Decreto 2532 de 1994 · por el cual se establecen los mecanismos para ejercer la actividad de Intermediación Aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Disposiciones finales . Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 18 de este Decreto, el sistema de operación para las Sociedades de Intermediación Aduanera, que se crea por este Decreto, entrará en vigencia a partir de 1º de enero de 1995 en todo el país, salvo en aquellas administraciones aduaneras que ajuicio del Director de Impuestos y Aduanas Nacionales no estén preparadas para asumir el manejo del sistema. En tal caso el aplazamiento no podrá prolongarse mas allá del 1º de abril de 1995.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2532 de 1994