° Asimilase a la Administración de Hacienda Nacional la Agencia Postal Privada de Panamá, para los efectos de que pueda tener a su cargo la recaudación de las rentas y contribuciones que le confíen, y hacer los pagos que le ordene la Tesorería General de la Republica. En lo que se relacione con asuntos ajenos al servicio de correos, la dicha Agencia rendirá sus cuentas a la Corte del ramo.
Decreto 1581 de 1916 →Vigente
Artículo 1
Asimilase A La Administración De Hacienda Nacional La Agencia Postal Privada De Panamá, Para Los Efectos De Que Pueda Tener A Su Cargo La Recaudación De Las Rentas Y Contribuciones Que Le Confíen, Y Hacer Los Pagos Que Le Ordene La Tesorería General De La Republica
Decreto 1581 de 1916 · Por el cual se adiciona el número 814 de 1915
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.