Art. 4º Los Almacenistas de que trata este Decreto prestarán por ahora una fianza de $ 3,000 cada uno, la cual puede ser aumentada luego por el Ministerio de Guerra, en vista de la cuantía de los intereses que se manejan en el Almacén.
Decreto 1405 de 1901 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1405 de 1901 · Por el cual se organiza un Almacén de Depósito de sales en la ciudad de Santa Rosa de Viterbo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.