Micelio

Artículo 5

Los Empleados, Cuyas Asignaciones Se Han Fijado En El Presente Decreto, No Gozarán Del Beneficio De La Prima Móvil, Ya Que Se Han Elevado Sus Sueldos En La Cuantía Equivalente A Ella

Decreto 788 de 1944 · Por el cual se reforma el Decreto número 466 de 1938, sobre Revisores Visitadores Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los empleados, cuyas asignaciones se han fijado en el presente Decreto, no gozarán del beneficio de la prima móvil, ya que se han elevado sus sueldos en la cuantía equivalente a ella. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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