Requisitos para la posesión. Para la posesión como notario deberá acreditarse, según el caso:
En propiedad, haber sido confirmado en el cargo, previo el lleno de los requisitos legales.
En interinidad:
Ser nacional colombiano, ciudadano en ejercicio, persona de excelente reputación, tener más de treinta años de edad, y
Certificación sobre conducta, antecedentes penales y declaración juramentada de ausencia de todo impedimento.
Por encargo, los señalados en el literal a) del numeral anterior.
(Decreto 2148 de 1983, artículo 60)