Micelio

Artículo 22

Decreto 4530 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y de Justicia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Ordenamiento Jurídico. Son funciones de la Dirección de Ordenamiento Jurídico, las siguientes

1.

Formular la política y metodologías para asegurar que la producción normativa de la administración pública sea coherente y racional.

2.

Evaluar la producción normativa del Estado mediante el diseño e implementación de políticas de gestión dirigidas a dotar de coherencia y racionalidad el ordenamiento jurídico.

3.

Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias adoptadas por el Gobierno Nacional para la ejecución de la política de Ordenamiento Jurídico en concordancia con el Plan de Desarrollo, en lo de su competencia.

4.

Hacer seguimiento, evaluación y control al cumplimiento de políticas y estrategias establecidas en materia de ordenamiento jurídico, racionalización normativa y producción normativa tomando en cuenta la prevención del daño antijurídico.

5.

Coordinar, presentar, desarrollar y hacer seguimiento a la elaboración del Plan Nacional de Producción Normativa.

6.

Administrar funcionalmente el Sistema Unico de Información Normativa, SUIN.

7.

Proponer, participar, analizar, conceptuar en lo relativo a la viabilidad y hacer el seguimiento correspondiente sobre las iniciativas legislativas de las entidades del Sector Administrativo del Interior y de Justicia y las que se le pongan a consideración, en coordinación con la Oficina de Asuntos Legislativos.

8.

Coordinar la defensa del ordenamiento jurídico con las demás entidades estatales del orden nacional y ejercer la defensa en las materias de competencia del Ministerio del Interior y de Justicia.

9.

Hacer seguimiento y verificación de la evolución normativa y de las providencias judiciales que incidan en el ordenamiento jurídico, y tener actualizado un registro jurisprudencial que permita conocer el estado del ordenamiento y su vigencia.

10.

Diseñar las políticas de divulgación del sistema normativo y de democratización de la información jurídica; y difundir a nivel nacional las modificaciones introducidas a los códigos, normas y demás legislación.

11.

Desarrollar políticas para la armonización del derecho interno con el derecho internacional.

12.

Participar en la formulación de la política estatal de pedagogía constitucional y acercamiento de la comunidad a la normatividad vigente.

13.

Medir el impacto de las políticas y estrategias implementadas, con el fin de tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos en materia de ordenamiento jurídico, racionalización normativa y prevención del daño antijurídico producido por la expedición de normas.

14.

Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarios para generar conocimiento y el fortalecimiento del Ordenamiento Jurídico, la producción, racionalización y divulgación normativa.

15.

Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.

16.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

17.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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