Micelio

Artículo 19

La Sección De Servicios Generales Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Dirigir Y Coordinar La Prestación De Los Diferentes Servicios A Su Cargo

Decreto 736 de 1975 · Por el cual se establece la organización interna de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Sección de Servicios Generales tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir y coordinar la prestación de los diferentes servicios a su cargo.

b)

Atender el mantenimiento y la reparación de las instituciones locativas, del equipo de la oficina, materiales educativos y vehículos de la Universidad.

c)

Organizar y controlar los servicios de aseo, transporte, mantenimiento y vigilancia.

d)

Recibir, registrar, distribuir, recoger y despachar la correspondencia general de la Universidad.

e)

Velar por la conservación y custodia de los materiales e implementos de la Universidad.

f)

Llevar el kárdex de los bienes en depósito.

g)

Efectuar las entregas de los bienes que le sean solicitados de acuerdo al procedimiento que para tal efecto se establezca.

h)

Clasificar y codificar el inventario.

i)

Mantener actualizado el inventario general de todos los bienes muebles e inmuebles que posea la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 736 de 1975