Corresponde al Comité Académico las siguientes funciones
Conceptuar ante el Consejo Directivo sobre la creación, modificación o supresión de Unidades Académicas;
Revisar y proponer los programas académicos y de investigación al tenor de las normas legales;
Conceptuar en relación con el reglamento académico y los de personal docente y estudiantil;
Emitir Concepto en los casos previstos en el inciso 2º , artículo 103 del Decreto 80 de 1980, y en relación con las consultas que le formule el Rector;
Recomendar al Consejo Directivo la política de admisiones y encargarse de su observación una vez aprobada;
Proponer al Rector el calendario académico;
Recomendar las distinciones que reconocerá el Consejo Directivo a los docentes;
Las demás que le asignen las normas específicas, conforme a su naturaleza asesora.