El Artículo 60 de la Resolución 51 del CONPES de 1991 quedará así: Inversión de capital colombiano en el exterior . Se entiende por inversión de capital colombiano en el exterior la vinculación a empresas en el extranjero de activos generados por actividades productivas en Colombia, que no tengan derecho de giro, y la reinversión o capitalización en el exterior de sumas con obligación de reintegro provenientes de utilidades, intereses, comisiones, amortización de préstamos, regalías y otros pagos de servicios técnicos y reembolsos de capital, cuando se haya autorizado dicha reinversión o capitalización.
Decreto 1295 de 1996 →Vigente
Artículo 18
El Artículo 60 De La Resolución 51 Del Conpes De 1991 Quedará Así: Inversión De Capital Colombiano En El Exterior
Decreto 1295 de 1996 · por el cual se dictan normas relacionadas con el régimen de inversión extranjera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.