Los profesionales que hayan ejercido por diez (10) o más años una profesión liberal y que se encuentren, además, dentro de las previsiones siguientes, tienen derecho exigible a que el Instituto de Crédito Territorial adjudique a su familia, dentro de los dos años siguientes a la respectiva solicitud, una vivienda urbana cuyo tipo será escogido por el solicitante dentro de los diversos que tenga adoptados o adopte el Instituto, pagadera en las condiciones señaladas por éste para los empleados:
Que el profesional peticionario sea casado, o no siéndolo, tenga más de tres personas a su cargo;
Que tenga uno (1) o más hijos a su cargo;
Que no haya sido condenado por delito alguno cometido con ocasión de su ejercicio profesional, y
Que ni el profesional solicitante ni su esposa tengan un patrimonio superior a treinta mil pesos ($30.000), ni una renta distinta de la directamente profesional que exceda a diez y ocho mil pesos ($ 18.000) anuales.