Micelio

Artículo 3

Para Las Exclusiones Establecidas En Los Artículos Anteriores Deberán Comprobar Que Se Hallan En Las Condiciones En Ellos Contempladas, Con Los Siguientes Documentos: 1) Partidas De Matrimonio Y De Bautismo De Los Hijos; En Su Defecto, La Prueba Supletoria

Decreto 858 de 1933 · Por el cual se dicta una disposición relacionada con las reservas del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para las exclusiones establecidas en los artículos anteriores deberán comprobar que se hallan en las condiciones en ellos contempladas, con los siguientes documentos: 1) Partidas de matrimonio y de bautismo de los hijos; en su defecto, la prueba supletoria. 2) Certificado de supervivencia de los hijos, expedido por el Alcalde del Municipio, o en su defecto, del Juez Municipal u otra autoridad competente. 3) Certificado del Tesorero o Personero Municipales, en que conste estar comprendidos dentro de la causal b) del artículo 1 o ; y 4) Certificado de las mismas autoridades enumeradas en el punto anterior y partida de defunción del padre;, para el caso de inhabilidad de éste, certificado del médico oficial del lugar o de profesional graduado. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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