Las entidades territoriales deberán garantizar el pago de compromisos adquiridos a 31 de diciembre de 2011, incluidas las vigencias futuras. Estos compromisos, debidamente certificados por el representante legal de la entidad territorial, se atenderán prioritariamente con los recursos disponibles de regalías y compensaciones causados a 31 de diciembre de 2011. Cuando estos recursos fueran insuficientes para cubrir los compromisos, las entidades beneficiarias utilizarán los recursos que reciban de las Asignaciones Directas y la Asignación para la Inversión Local.
De mantenerse algún faltante, las entidades beneficiarias podrán decidir si dichos compromisos se asumen con cargo a los recursos de la Asignación para la Inversión Regional o con sus recursos propios.
El Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control hará seguimiento a estos recursos, conforme la metodología que defina el Departamento Nacional de Planeación.
El presente artículo aplicará de igual forma para las Corporaciones Autónomas Regionales que deban garantizar el pago de compromisos adquiridos a 31 de diciembre de 2011, incluidas las vigencias futuras, inflexibilidades estas que se atenderán prioritariamente con los recursos de las Asignaciones Directas de las que son beneficiarias.