Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1970 de 1997 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Cultura y se distribuyen sus funciones entre sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Oficina de Sistemas. Son funciones de la Oficina de Sistemas, las siguientes

1.

Dirigir, mantener actualizado y controlar los sistemas de información para el desarrollo de la misión del Ministerio.

2.

Salvaguardar los archivos, registros, equipos de cómputo del Ministerio.

3.

Procesar y generar la información necesaria para apoyar la investigación de planes, programas y proyectos para la toma de decisiones.

4.

Presentar los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

5.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1970 de 1997