º. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Relaciones Exteriores exaltará las ejecutorias de aquellos compatriotas residentes en el exterior que se consagren a la promoción y desarrollo de las comunidades colombianas o a la afirmación y consolidación de los valores históricos, culturales o sociales de Colombia.
Decreto 690 de 1994 →Vigente
Artículo 5
El Gobierno Nacional A Través Del Ministerio De Relaciones Exteriores Exaltará Las Ejecutorias De Aquellos Compatriotas Residentes En El Exterior Que Se Consagren A La Promoción Y Desarrollo De Las Comunidades Colombianas O A La Afirmación Y Consolidación De Los Valores Históricos, Culturales O Sociales De Colombia
Decreto 690 de 1994 · Por medio del cual se adoptan medidas de protección y promoción de las comunidades colombianas en el exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.